TRIBUNAL DECLARA INCONSTITUCIONAL OTRO IMPUESTO ECOLÓGICO
Por: Redacción
El Tercer Tribunal Colegiado en
Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, resolvió a favor
de una empresa industrial que promovió un juicio de amparo contra el impuesto
por la emisión de gases a la atmósfera, establecido en la Ley de Hacienda del
Estado, informó el abogado Uriel de la Torre.
La sentencia fue emitida el
pasado 16 de octubre de 2025 y determina que los artículos 83 Bis-8 al 83
Bis-13 de dicha ley son inconstitucionales al considerar que violan el
principio de legalidad tributaria.
El impuesto, vigente desde el 1
de enero de 2022, grava la emisión de gases a la atmósfera como bióxido de
carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluorocarbonos, perfluorocarbonos y
hexafluoruro de azufre por parte de las industrias asentadas en la entidad. De
acuerdo con la autoridad estatal, la medida buscaba incentivar prácticas más
limpias, pero la empresa que interpuso el amparo alegó que la carga económica
era excesiva y que la norma violaba el principio de legalidad tributaria al no
establecer con claridad quiénes son los sujetos del impuesto y cómo
determinarlo.
El abogado, aseguró que el fallo
tiene un impacto económico relevante, pues la empresa que promovió el amparo
quedará exenta del pago del impuesto ambiental, lo que podría representar un
ahorro de varios millones de pesos.
Además, la resolución podría
sentar precedente para que otras industrias queretanas interpongan recursos
similares.
“Es un impuesto demasiado caro,
que ni siquiera Suiza o Dinamarca tienen una cuota tan elevada como la tiene
Querétaro, pero que afortunadamente para los contribuyentes los tribunales ya
están declarando inconstitucional esta contribución”, dijo.
El juez concluyó que la intención
ambiental del impuesto es legítima, pero su diseño legal “debe observar con
rigor los principios constitucionales en materia fiscal”.


